domingo, 26 de abril de 2009

SE AMPLIA EL PLAZO PARA PRESENTAR LA DECLARACION ANUAL!!!!!!!

Por: C.P. Y M.F. PEDRO LINARES MANUEL
Se amplía al 1 de junio el plazo para la presentación de la declaración anualEl Servicio de Administración Tributaria informa que las personas físicas tienen hasta el 1 de junio para presentar la declaración anual del ejercicio 2008.A los contribuyentes que aún no la hayan presentado, se les invita a cumplir esta obligación a través de Internet, utilizando la declaración pre llenada disponible en el Portal del SAT. Si requieren asesoría para elaborar su declaración, en el Portal de Internet del SAT (www.sat.gob.mx) los contribuyentes pueden consultar toda la información necesaria, ingresar al servicio de chat o al servicio de orientación. También pueden llamar INFOSAT (01 800 46 36 728) gratuito desde todo el país o ver los tutoriales en www.youtube.com/satmx.Lo anterior como una medida preventiva, en concordancia con las acciones que está adoptando el Gobierno Federal en materia de salud, y a fin de evitar altas concentraciones de contribuyentes en los Módulos de Servicios Tributarios durante los últimos días de abril.

viernes, 24 de abril de 2009

LA CRISIS FIANCIERA YA LLEGO A MEXICO?


Por: PEDRO LINARES M.
en todas las entidades federativas como en Tabasco, Campeche y Veracruz y en los cerca de 2 mil 500 municipios del País.

El sufrimiento empezó para muchas entidades hace más de un año con los cambios a las fórmulas de distribución de participaciones para 2008, reforma que supuestamente intentaba restablecer criterios resarcitorios para las entidades generadoras de recaudación, pero que al "ponderar" todo por población, ésta se convirtió en el factor determinante para la distribución de los recursos, no el esfuerzo fiscal.

Muchas entidades se vieron lastimadas en su porcentaje de participaciones en relación con el sistema vigente hasta diciembre de 2007 al reducirse sus coeficientes.
Por ejemplo, en 2008, Tabasco presenta una pérdida neta de 3 mil millones de pesos en el Fondo General; el DF perdió mil 600, y por ahí van Nuevo León, Chiapas y otros 12 estados.
Incluso, el DF interpuso una controversia que aún está en proceso, dado que Hacienda pidió una prórroga a la Corte para contestar los planteamientos.

lunes, 13 de abril de 2009

LA HISTORIA DE LA CONTABILIDAD DE ENERO A MARZO 2009

Por: C.P. Y M.F. PEDRO LINARES MANUEL


NUEVAMENTE LES ESCRIBO CON LO MEJOR DE LA CONTABILIDAD EN ESTE MES DE MARZO QUE YA SE NOS FUE!

1.- QUEDARON POR FIN TERMINADOS LOS PERIODOS OFICIALES PARA LA PRESENTACION DE LA DECLARACION ANUAL DE PERSONAS MORALES!

2.- BIEN PARA LAS PERSONAS MORALES QUE NO PUDIERON PRESENTARLAS EN TIEMPO Y FORMA AUN PUEDEN HACERLO SOLO QUE VAN A REQUERIR PRESENTARLA CON DOS ACOMPAÑANTES MAS QUE ENGALANARAN MAS SU CIFRA EN NUMEROS LA PRIMERA SE LLAMA ACTULIZACION Y LA SEGUNDA RECARGOS!

3.- A FINALES DEL MES DE MARZO AL PRESIDENTE FELIPE SE LE OCURRIERON ALGUNAS MAGINIFICAS IDEAS UNA DE ELLAS FUE LA POSIBILIDAD DE PRESENTAR SUS PAGOS DE IMPUESTOS Y CONTRIBUCIONES DE 2008 HACIA ABAJO EN PAGUITOS, SI ASI COMO USTED LO ESCUCHO BIEN EN PAGUITOS AL ESTILO ELEKTRA SOLO QUE MANEJAN YA LA POSIBILIDAN DE UN 2% DE INTERES Y QUE EL CONTRIBUYENTE SE ENCUENTRE AL DIA EN 2009!

4.- POR ULTIMO EL PUNTO 3 FUE SOLO UN DISCURSO DEL LIC. FELIPE, PERO EN ESO QUEDO NADAMAS FALTA SABER LA EMISION DE LA DISPOCISION VIA DECRETO OFICIAL Y PUBLICACION FAST TRACK EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION PARA QUE TODO AQUEL CONTRIBUYENTE MOROSO PUEDA HACER USO DE ESTE BRILLANTISIMO ESTIMULO FISCAL SALIDO DE LOS SESOS DE NUESTRO PRESIDENTE! (SIC)

BIEN PUES CERRAMOS CON UNA BREVE HISTORIA DE LO QUE HA SIDO LO MAS RELVANTE DE ENERO 2009 HASTA EL EL MES DE MARZO DEL 2009!



06/01/2009 Alerta 1. Decreto por el que se modifica la TIGIE

El pasado 24 de diciembre se publicó en el Diario Oficial de la Federación (en adelante "DOF"), el "Decreto por el que se modifica la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales...



06/01/2009 Alerta 2. Se establece el impuesto general de importación para la región fronteriza y la franja fronteriza norte

El pasado 24 de diciembre se publicó en el Diario Oficial de la Federación el "Decreto por el que se establece el impuesto general de importación para la región fronteriza y la franja fronteriza norte" (en adelante "Decreto")...



07/01/2009 Alerta 3. Tercera Resolución de Modificaciones a la R.M.F.

El pasado 26 de diciembre de 2008, fue publicada en el Diario Oficial de la Federación, la Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución...



23/01/2009 Alerta 4. Adición de criterios normativos

El pasado 9 de enero fueron publicados en la página del Servicio de Administración Tributaria cuatro nuevos criterios...



12/02/2009 Alerta 5. Aviso de compensación a través de internet

El pasado 4 de febrero fue publicado en la página del SAT un comunicado mediante el cual se...



12/02/2009 Alerta 6. Autorización para recibir donativos deducibles

El pasado 4 de febrero, fue publicado en la página de internet del SAT un recordatorio para las donatarias autorizadas, a efecto de que...



13/02/2009 Alerta 7. Plazo para declaraciones informativas

Se les recuerda que quienes estén obligados a presentar la declaración informativa de 2008, mediante el programa...



23/02/2009 Alerta 8. Cuarta Resolución de Modificaciones a la R.M.F.

El pasado 30 de enero de 2009, fue publicada en el Diario Oficial de la Federación, la Cuarta Resolución de Modificaciones a la...



03/03/2009 Alerta 9. Transparencia, Uso y Destino de Donativos

Como les hemos informado en comunicados anteriores, las donatarias autorizadas a recibir donativos deducibles están obligadas a poner...



25/03/2009 Alerta 10. Decreto que incrementa aranceles a ciertas mercancías originarias de Estados Unidos

Decreto mediante el cual se modifica la Tasa del Impuesto General de Importación aplicable a determinadas mercancías originarias de América del Norte...



31/03/2009 Alerta 11. Decreto que otorga beneficios – Repatriación de Capitales

El 26 de marzo de 2009, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el Decreto que otorga diversos beneficios fiscales en materia del impuesto sobre la renta...


PUES HASTA AQUI LO QUE HA SIDO LA HISTORIA DE LA CONTABILIDAD DE ENERO DE 2009 A MARZO, AHORA ESTAMOS VIVIENDO ABRIL 2009, PERO ESTA HISTORIA AUN SE ESTA ESCRIBIENDO!!!!!!!!!




NOTA: EN EL CASO DE QUE TENGAN ALGUNA PREGUNTA TECNICA A CERCA DEL ANCHO Y MARAVILLOSO MUNDO DE LA CONTABILIDAD POR FAVOR INGRESEN SU PREGUNTA AL SIGUIENTE FORO DONDE UN SERVIDOR CON TODO GUSTO LES RESPONDERA A TODAS SUS PREGUNTAS OK!



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ATENTAMENTE:

C.P. Y M.F. PEDRO LINARES MANUEL
Consultor Profesional en el Area Economico Administrativa.
Zona Luz, Centro Villahermosa, Tabasco.
Tel: Ofna: (993) 1-31-45-74 Cel: 9931796278
Correo: plm@consultorprofesional.com y linaresmanuel@hotmail.com
Sitio Web Oficial: www.consultorprofesional.com

lunes, 6 de abril de 2009

EMPLEADOS O ASALARIADOS

Por: C.P. Pedro Linares Manuel
Empleados o Asalariados o empleados son las personas físicas que perciben ingresos por sueldos y salarios y demás prestaciones derivadas de la relación laboral, incluyendo la participación de utilidades y las indemnizaciones por separación de su empleo.

Ciclo tributario del asalariado
1. Lo primero que debe hacer como empleado es inscribirse o darse de alta en el Registro Federal de Contribuyentes .
Este trámite lo puede hacer usted mismo o su patrón.¿Cómo lo hace usted mismo?
2.- En algunos casos debe presentar declaraciones por los ingresos que obtiene.¿En qué casos está obligado a declarar por salarios?¿Cómo se hacen las declaraciones?
3.- Cumplir con las demás obligaciones del régimen.¿Cuáles son?
4.- Debe mantener actualizados sus datos en el RFC, para ello es necesario que informe al SAT cualquier cambio, por ejemplo: si deja de trabajar como empleado para trabajar por honorarios, se dedica a rentar bienes inmuebles, pone un negocio, entre otros.

ANALISIS ECONOMICO

Por: C.P. Y M.F. Pedro Linares Manuel

El plan anticíclico no ha surtido efecto en el principal motor de crecimiento interno, debido a que el encadenamiento productivo de la mitad de las ramas económicas depende de la industria de la construcción.
Impulsar al sector de la construcción en la actual coyuntura económica resulta relevante si se considera que tiene un efecto multiplicador que repercute en beneficio de 37 de las 73 ramas económicas del país, así como en la generación de empleos directos e indirectos.
No obstante, en el sector el empleo se redujo 6.8 por ciento anual durante enero, lo cual equivale a una pérdida de 94 mil 178 puestos.
La industria de la construcción sigue sin reactivarse, pese a los esfuerzos por impulsar la infraestructura en el país, ya que sigue prevaleciendo un escenario de incertidumbre, principalmente para el sector privado, el cual está limitando de manera considerable las inversiones en proyectos.
En este entorno se prevé que el sector de la construcción muestre una contracción de 1.1 por ciento en su Producto Interno Bruto (PIB), cuando se den a conocer la cifra correspondiente al primer trimestre de 2009, acentuando la caída de 0.1 por ciento observada en igual periodo del año anterior.
La menor inversión fija en la construcción es lo que está ocasionando el deterioro, ya que en 2008, el indicador cayó 0.4 por ciento, después de un crecimiento constante durante los seis años previos, cuando arrojó un aumento de 4.2 por ciento en promedio anual.
Lo anterior se desprende de una evaluación del Área de Análisis Económico de EL FINANCIERO con base en datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), del Banco de México y del Grupo Scotiabank.
Además, la menor demanda de proyectos en la industria de la construcción ha generado un esquema de deflación de costos al observarse que en el primer bimestre del año, el índice general de costo de la construcción se redujo 0.5 por ciento, cuando en igual periodo del año anterior había crecido 4.1 por ciento.
En particular, los costos de la construcción de obras públicas muestran reducciones importantes, principalmente en asfalto, cuya disminución fue de 18.9 por ciento en el primer bimestre de 2009, mientras que en igual periodo del año anterior tuvo un aumento de 11.9 por ciento.
También las estructuras para la construcción tuvieron una reducción en sus costos de 16.8 por ciento en enero-febrero del presente año , en contraste con el aumento de 5.2 por ciento en igual lapso del año anterior.
El costo de la varilla se redujo 3.2 por ciento al primer bimestre de 2009, después de un incremento de 21.4 por ciento en igual periodo del año anterior.
Destaca que las obras que iniciaron mal el año son principalmente las referentes a electricidad y comunicaciones, ya que el valor de las construcciones se redujo 7.3 por ciento y las de petróleo y petroquímica bajaron 4 por ciento.
Por otro lado, los costos de materiales para construcción residencial bajan 0.4 por ciento, cuando el año pasado se había resentido un aumento de 5.8 por ciento.
Caen rendimientos de grandes constructoras
La tendencia negativa del sector de la construcción está reflejándose en las grandes firmas de este giro que cotizan en la Bolsa Mexicana de Valores, ya que sus rendimientos accionarios presentaron una caída de 9.4 por ciento de enero al 3 de abril del presente año, esto es, en el caso de las empresas que se dedican a obras de infraestructura.
En tanto que las que fabrican vivienda mostraron una contracción de 26.4 por ciento en promedio.
Ese comportamiento obedece principalmente al notable deterioro de la construcción de vivienda en el país ante la expectativa de menor demanda, así como a la falta de inversiones privadas ante el encarecimiento del crédito.

PROGRAMA DE DEVOLUCIONES AUTOMATICAS DE SALDOS A FAVOR

Por: C.P. Y M.F. Pedro Linares Manuel

Programa de devoluciones automáticas
Mediante este Programa el SAT autoriza las devoluciones de los saldos a favor del impuesto sobre la renta determinados por las personas físicas en su Declaración Anual, ya sea normal o complementaria. No se necesita hacer trámites adicionales para obtener los saldos a favor; basta que se haya presentado la Declaración Anual correctamente y señalado en ella que se optó por la devolución.En su oportunidad, el SAT verificará la procedencia o improcedencia de la devolución mediante la confrontación de la declaración y la información presentada por terceros relacionados con quien declara, como pueden ser su patrón, arrendatarios, proveedores o clientes de bienes y servicios.Le damos a conocer las posibles inconsistencias que pueden originar el rechazo de la devolución de su saldo a favor, considere esta información al llenar los datos en su declaración.
Inconsistencias y Soluciones (Grupo 1)
Clave
Inconsistencia
Solución
1
Usted no es un contribuyente obligado a presentar declaración anual del Impuesto Sobre la Renta, toda vez que obtuvo ingresos inferiores a $400,000.00 y su retenedor le efectuó el cálculo anual.
Si comunicó a su retenedor por escrito que presentaría su declaración anual, podrá solicitar su devolución mediante formato 32 (Solicitud de Devolución), ante la Administración Local de Servicios al Contribuyente que corresponda a su domicilio fiscal, previa cita, misma que deberá acompañarse de la documentación señalada en el Catálogo de servicios y trámites (Solicitud de devoluciones) publicado en la página de Internet del SAT (www.sat.gob.mx).
38
Por los ingresos que usted obtuvo en el Régimen de Pequeños Contribuyentes, debe presentar pagos mensuales que tienen el carácter de definitivos, conforme a lo señalado en el artículo 139, fracción VI de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.
Para aclarar esta situación deberá presentarse en la Administración Local de Servicios al Contribuyente que corresponda a su domicilio fiscal.
70
Su retenedor con RFC (RFC), manifestó no tener relación laboral o comercial con usted.
Aclarar con su retenedor la situación de su relación laboral o comercial, para que en caso necesario, él corrija la declaración informativa de retenciones. Posteriormente podrá solicitar su devolución mediante formato 32 (Solicitud de Devolución), ante la Administración Local de Servicios al Contribuyente que corresponda a su domicilio fiscal, previa cita. Asimismo, deberá anexar a la solicitud la documentación señalada en el Catálogo de servicios y trámites (Solicitud de devoluciones) publicado en la página de Internet del SAT (www.sat.gob.mx).
Inconsistencias y Soluciones (Grupo 2)
Clave
Inconsistencia
Solución
2
Esta Autoridad no cuenta con los elementos suficientes para verificar que las deducciones personales por los conceptos que a continuación se señalan, cumplan con los requisitos legales: "Depósitos en cuentas personales para el ahorro". "Primas de contratos de seguros que tengan como base planes de pensiones".
Verifique que los comprobantes de sus deducciones reúnan los requisitos establecidos en la Ley del Impuesto Sobre la Renta. Si los cumplen, podrá solicitar su devolución mediante formato 32 (Solicitud de Devolución), ante la Administración Local de Servicios al Contribuyente que corresponda a su domicilio fiscal, previa cita. Además, deberá anexar a la solicitud la documentación señalada en el Catálogo de servicios y trámites (Solicitud de devoluciones) publicado en la página de Internet del SAT (ww.sat.gob.mx).
4
Esta autoridad no tiene la certeza de que usted sea el titular de la cuenta bancaria para transferencias electrónicas a 18 dígitos denominada cuenta "CLABE", que señaló en su declaración anual 2008, toda vez que existen otros contribuyentes que presentaron declaración anual en la que se manifiestan como titulares de la misma cuenta.
Verificar el número de su cuenta "CLABE" manifestada en su declaración anual y solicitar su devolución, ante la Administración Local de Servicios al Contribuyente que corresponda a su domicilio fiscal, previa cita, mediante formato 32 (Solicitud de Devolución), en el que señale el número de su cuenta bancaria CLABE, cumpliendo con los requisitos establecidos en el Catálogo de servicios y trámites (Solicitud de devoluciones), publicada en la página de Internet del SAT (www.sat.gob.mx).
44
No se encuentra inscrito en el Registro Federal de Contribuyentes.
Para aclarar esta situación deberá presentarse en la Administración Local de Servicios al Contribuyente que corresponda a su domicilio fiscal, previa cita.
67
El importe de sus deducciones personales es significativo, razón por la que esta Autoridad, se encuentra analizando la información reportada en su declaración anual 2008.
Solicitar su devolución, ante la Administración Local de Servicios al Contribuyente que corresponda a su domicilio fiscal, previa cita, mediante formato 32 (Solicitud de Devolución), acompañando original (para cotejo) y fotocopia de los comprobantes en que amparan el importe de las deducciones personales que reporta en su declaración. Además, deberá anexar a la solicitud la documentación señalada en el Catálogo de servicios y trámites (Solicitud de devoluciones), publicada en la página de Internet del SAT (www.sat.gob.mx).
71
Esta Autoridad no tiene registrada su deducción personal con RFC (RFC) por gastos médicos, dentales y hospitalarios, reportadas en su declaración anual 2008.
Debe acudir ante la Administración Local de Servicios al Contribuyente que corresponda a su domicilio fiscal, previa cita, para solicitar su devolución mediante formato 32 (Solicitud de Devolución), acompañando original (para cotejo) y fotocopia de los comprobantes de sus deducciones personales por gastos médicos, dentales u hospitalarios. Además, deberá anexar a la solicitud la documentación señalada en el Catálogo de servicios y trámites (Solicitud de devoluciones) , publicado en la página de Internet del SAT (www.sat.gob.mx).
73
Esta Autoridad requiere verificar los ingresos de copropiedad, sociedad conyugal y/o sucesión, manifestados en su declaración anual de 2008.
Solicitar su devolución mediante formato 32 (Solicitud de Devolución), cumpliendo con los requisitos establecidos en el Catálogo de servicios y trámites (Solicitud de devoluciones), publicada en la página de Internet del SAT (www.sat.gob.mx), ante la Administración Local de Servicios al Contribuyente que corresponda a su domicilio fiscal, previa cita, acompañado de los comprobantes que amparan sus ingresos por estos conceptos.
88
Su retenedor con RFC (RFC), presentó la declaración informativa múltiple a esta Autoridad en la que relaciona más de una vez su RFC.
Aclarar con su retenedor estas diferencias y solicitar su devolución mediante formato 32 (Solicitud de Devolución) ante la Administración Local de Servicios al Contribuyente que corresponda a su domicilio fiscal, previa cita. Además, deberá anexar a la solicitud la documentación señalada en el Catálogo de servicios y trámites (Solicitud de devoluciones), publicado en la página de Internet del SAT (www.sat.gob.mx).
89
La información del ISR retenido y/o proporción del subsidio manifestados es diferente a lo declarado por su retenedor con RFC (RFC).
Aclarar con su retenedor estas diferencias y solicitar su devolución mediante formato 32 (Solicitud de Devolución) ante la Administración Local de Servicios al Contribuyente que corresponda a su domicilio fiscal, previa cita, cumpliendo con los requisitos establecidos en el Catálogo de servicios y trámites (Solicitud de devoluciones), publicado en la página de Internet del SAT (www.sat.gob.mx).
91
Esta Autoridad requiere verificar la determinación de la tasa opcional de ISR, aplicable a los ingresos por enajenación de bienes conforme a lo señalado en el artículo 147 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.
Solicitar su devolución mediante formato 32 (Solicitud de Devolución), cumpliendo con los requisitos establecidos en el Catálogo de servicios y trámites (Solicitud de devoluciones), publicado en la página de Internet del SAT (www.sat.gob.mx), ante la Administración Local de Servicios al Contribuyente que corresponda a su domicilio fiscal, previa cita, y anexar hoja de trabajo en la que especifique la mecánica del cálculo de la opción elegida.
92
Esta Autoridad requiere verificar la relación laboral o comercial con su retenedor con RFC (RFC).
Solicitar su devolución mediante formato 32 (Solicitud de Devolución), cumpliendo con los requisitos establecidos en el Catálogo de servicios y trámites (Solicitud de devoluciones), publicado en la página de Internet del SAT (www.sat.gob.mx), ante la Administración Local de Servicios al Contribuyente que corresponda a su domicilio fiscal, previa cita, y anexar los comprobantes de retenciones, nómina o estados de cuenta que permitan corroborar dicha relación.
93
La información manifestada en su declaración anual 2007, no coincide con la proporcionada por su retenedor (RFC) al SAT.
Solicitar su devolución mediante formato 32 (Solicitud de Devolución), cumpliendo con los requisitos establecidos en el Catálogo de servicios y trámites (Solicitud de devoluciones), publicado en la página de Internet del SAT (www.sat.gob.mx), ante la Administración Local de Servicios al Contribuyente que corresponda a su domicilio fiscal, y anexar los comprobantes de retenciones efectuadas por su retenedor.
94
Esta Autoridad requiere verificar la acumulación de ingresos por dividendos.
Solicitar su devolución mediante formato 32 (Solicitud de Devolución), cumpliendo con los requisitos establecidos en el Catálogo de servicios y trámites (Solicitud de devoluciones), publicado en la página de Internet del SAT (www.sat.gob.mx), ante la Administración Local de Servicios al Contribuyente que corresponda a su domicilio fiscal, previa cita, y anexar los comprobantes de retenciones efectuadas por su retenedor.
95
Esta Autoridad requiere verificar el monto de las deducciones autorizadas correspondientes a los ingresos obtenidos.
Solicitar su devolución mediante formato 32 (Solicitud de Devolución), cumpliendo con los requisitos establecidos en el Catálogo de servicios y trámites (Solicitud de devoluciones), publicado en la página de Internet del SAT (www.sat.gob.mx), ante la Administración Local de Servicios al Contribuyente que corresponda a su domicilio fiscal, previa cita, y anexar los comprobantes de las deducciones autorizadas.
98
Esta Autoridad requiere verificar la correcta determinación de los intereses reales y sus retenciones correspondientes a los ingresos obtenidos por concepto de intereses.
Solicitar su devolución mediante formato 32 (Solicitud de Devolución), cumpliendo con los requisitos establecidos en el Catálogo de servicios y trámites (Solicitud de devoluciones), publicado en la página de Internet del SAT (www.sat.gob.mx), ante la Administración Local de Servicios al Contribuyente que corresponda a su domicilio fiscal, previa cita, y anexando la(s) constancia(s) que contengan el monto nominal y real de los intereses pagados, o en su caso la pérdida de intereses determinada.
99
Esta Autoridad requiere verificar la determinación del saldo a favor manifestado en su declaración anual derivado de sus ingresos por Enajenación y/o Adquisición y/o Dividendos y/o Intereses.
Solicitar su devolución mediante formato 32 (Solicitud de Devolución), cumpliendo con los requisitos establecidos en el Catálogo de servicios y trámites (Solicitud de devoluciones), publicado en la página de Internet del SAT (www.sat.gob.mx), ante la Administración Local de Servicios al Contribuyente que corresponda a su domicilio fiscal, previa cita, y anexar los comprobantes de las retenciones efectuadas y del ingreso obtenido.
101
Esta Autoridad no cuenta con elementos para verificar que la institución con RFC (RFC), que expide el comprobante de intereses reales por créditos hipotecarios, se encuentre autorizada para otorgar este tipo de créditos o éste fue manifestado incorrectamente en su declaración anual.
Solicitar su devolución mediante formato 32 (Solicitud de Devolución), cumpliendo con los requisitos establecidos en el Catálogo de servicios y trámites (Solicitud de devoluciones), publicado en la página de Internet del SAT (www.sat.gob.mx), ante la Administración Local de Servicios al Contribuyente que corresponda a su domicilio fiscal, previa cita, y anexar el estado de cuenta bancario y/o constancia de retenciones.
102
Esta Autoridad no cuenta con elementos para verificar que la institución con RFC (RFC), que expide el comprobante de las primas por seguros de gastos médicos, se encuentre autorizada para realizar operaciones de Seguros y Fianzas o éste fue manifestado incorrectamente en su declaración anual.
Solicitar su devolución mediante formato 32 (Solicitud de Devolución), cumpliendo con los requisitos establecidos en el Catálogo de servicios y trámites (Solicitud de devoluciones), publicado en la página de Internet del SAT (www.sat.gob.mx), ante la Administración Local de Servicios al Contribuyente que corresponda a su domicilio fiscal, previa cita, y anexar original (para cotejo) y fotocopia de los comprobantes de sus deducciones personales de las primas por seguros de gastos médicos, que reporta en su declaración anual.
103
El importe de sus deducciones personales por honorarios médicos, dentales y/o hospitalarios (Tipo de deducción A) es significativo, en relación a los ingresos reportados en su declaración anual 2008.
Solicitar su devolución ante la Administración Local de Servicios al Contribuyente que corresponda a su domicilio fiscal, previa cita, presentando el formato 32 (Solicitud de Devolución), cumpliendo con lo establecido en el Catálogo de servicios y trámites (Solicitud de devoluciones), publicado en la página de Internet del SAT (www.sat.gob.mx), anexando original (para cotejo) y fotocopia de los comprobantes que amparan el importe de las deducciones personales tipo A, que reporta en su declaración anual.

DECLARACION ANUAL 2008 PERSONAS FISICAS PARA PRESENTARLA EN ABRIL 2009

Por: C.P. Y M.F. Pedro Linares Manuel
Declaración Anual 2008. Personas físicas

Para presentar su Declaración Anual 2008 siga estos sencillos pasos:
Verifique si se encuentra obligado a presentar la Declaración Anual 2008.
Tenga sus declaraciones mensuales al día, en caso de que no haya presentado alguna de ellas preséntela ahora, se evitará molestias innecesarias y le ayudará a presentar más fácilmente la declaración.Si requiere orientación personal haga una cita para acudir a cualquier oficina del SAT
Tenga a la mano la ( 205 kB) bitácora de información necesaria que utilizó para presentar sus declaraciones mensuales.

Obtenga o renueve su Clave de Identificación Electrónica Confidencial, para enviar su declaración por internet.

Obtenga o actualice su Firma Electrónica Avanzada, ésta y su Clabe* son necesarias para devoluciones mayores a 10 mil pesos.

Los comprobantes fiscales (recibos o facturas) de los gastos propios de su actividad que haya realizado en el año y los que amparen sus deducciones personales.

Qué necesita para presentarla
Quiénes se encuentran obligados a presentar la declaración anual 2008
¿Dónde y cómo la presenta?
Otros ingresos que deben declararse
Qué necesita exactamente de acuerdo con su régimen
¿Qué hacer si le resulta saldo a favor?
Pago en parcialidades
Factor de acumulación para ingresos por intereses y ganancia cambiaria por inversiones en el extranjero
Multas y sanciones por no presentarla
Beneficios para quienes declaren a tiempo
( 53 kB) Medios de presentación y pago de la Declaración Anual
( 944 kB) Preguntas y respuestas
( 3,580 kB) Casos prácticos del cálculo anual de los impuestos de las personas físicas 2008
( 54 kB) Guía de criterios fiscales aplicables en la captura de la Declaración Anual
Guías de apoyo para la Declaración Anual 2008
( 357 kB) Universidades que pueden ayudarle o brindarle asesoría en el cálculo y llenado de la Declaración Anual

Información para asalariados que presentan Declaración Anual de 2008* Clabe: Clave bancaria estandarizada. Número de cuenta compuesto por 18 dígitos que proporcionan los bancos y sirve para efectuar transacciones electrónicas.

DECLARASAT 2009

Por: C.P. Y M.F. Pedro Linares Manuel
Declarasat 2009

Sistema para elaborar y presentar la declaración anual de personas físicas correspondiente al ejercicio fiscal 2008.

Descargar archivo Declarasat 2009 (15,444 kB)
opción de descarga 1,
opción de descarga 2,
opción de descarga 3;

Nota: Esta versión deja sin efectos a todas las versiones de años anteriores.
Información general del DeclaraSAT

Procedimiento para presentar la declaración anual de 2008 a través del DeclaraSAT en línea

Por: C.P. Y M.F. Pedro Linares Manuel
Procedimiento para presentar la declaración anual de 2008 a través del DeclaraSAT en línea

Proporcione su RFC, clave CIEC o su Firma Electrónica Avanzada (Fiel)
Si cuenta con su Firma Electrónica Avanzada, verifique que es válida con el botón correspondiente en la pantalla de inicio.
Revise los regímenes fiscales que tuvo activos durante el ejercicio 2008, mediante el botón correspondiente en la pantalla de inicio y seleccione el o los regímenes fiscales por el o los que presentará su declaración anual.
Capture los datos correspondientes en los apartados (pestañas) del programa
Verifique a través del botón "Vista preliminar" que la información fiscal capturada y generada sea correcta
Si lo desea, imprima el formato de impresión didáctica o guía con la información capturada y genere un archivo de respaldo
Cierre la "Vista preliminar" y confirme que los datos que capturó son correctos
Si obtuvo un saldo a favor mayor o igual a $10,000.00, recuerde que debe firmar digitalmente la declaración y hacer el envío al SAT con su Firma Electrónica Avanzada (Fiel) para que en su caso, se le haga la devolución del saldo a favor
Efectúe el envío de la declaración
Recibirá al instante el acuse de recibo definitivo
En caso de que exista impuesto a cargo, realice el pago por Internet a través del portal del banco autorizado, donde tenga su cuenta proporcionando la fecha de presentación y el número de operación señalado en el acuse de recibo. Dé clic aquí para saber quienes pueden pagar en la verntanilla bancaria con la Hoja de ayuda que se puede imprimir en el programa DeclaraSAT en línea.Recuerde que si presenta la declaración de manera extemporánea con cantidad a cargo, debe pagar la actualización y recargos correspondientes, calculados conforme lo establecen las disposiciones fiscales vigentes.
Aviso El DeclaraSAT en línea es un sitio seguro; su información mantendrá el carácter confidencial y el Servicio de Administración Tributaria no recibirá información modificada o alterada por terceros.Recuerde no proporcionar sus claves y contraseñas a terceros. Por su propia seguridad si el sistema permanece inactivo por 24 minutos le enviará un mensaje de advertencia solicitándole si desea continuar con la sesión activa. De no obtener respuesta, automáticamente se cancelará la sesión y perderá la información capturada. Le recomendamos utilizar la facilidad de guardado por tres días.Para practicar el uso del sistema, pruebe el Simulador del DeclaraSAT en línea 2009.Preguntas Frecuentes sobre el uso de la Firma Electrónica Avanzada (Fiel) en la Declaración Anual de Personas Físicas.Recomendaciones técnicas

DECLARACION ANUAL 2008 PARA PRESENTARLA EN 2009!

Por: C.P. Y M.F. Pedro Linares Manuel.
Declaración anual de las Personas Morales 2008

Si no ha presentado su declaración, aún puede cumplir esta obligación.
Para presentarla tome en cuenta las siguientes sugerencias:
Tenga a la mano la información y documentos necesarios y haga lo siguiente:

Descargue e instale el programa Declaración anual de personas moralesVersión actualizada 2009

Capture su información de acuerdo con los anexos que le correspondan.

Genere el archivo para el envío de la información.

Ingrese a la aplicación de envío de la declaración anual.

Envíe el archivo de la declaración. Para enviarla debe tener su Firma Electrónica Avanzada (Fiel) o CIEC.El SAT le enviará su acuse de recibo con sello digital, el cual se recomienda que imprima y conserve.
Si no le resultó impuesto a cargo u obtuvo saldo a favor aquí termina el procedimiento y ya cumplió con su obligación.

Si tiene impuesto a pagar, pague vía Internet en el portal de cualquier banco autorizado.( 191 kB) Preguntas y respuestas. Declaración Anual de las personas morales 2008.( 901 kB)

sábado, 4 de abril de 2009

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